Resumen
PIP: Las enfermeras tienen opiniones sobre el aborto, pero como son profesionales de la salud y sus opiniones son buscadas como tales, están obligadas a entender por qué tienen ciertos puntos de vista. Las enfermeras deben tener claro por qué creen como lo hacen, y deben llegar a un punto de vista de manera racional y lógica. Para ayudar a las enfermeras en esta tarea, se enumeran y aclaran las cuestiones éticas que rodean al aborto. Para ello, se examinan algunos de los enfoques filosóficos e históricos del aborto y cómo se puede argumentar lógicamente una posición. Al principio se definen algunos términos cargados de emoción. El aborto se define como la expulsión de un feto del útero antes de las 28 semanas de gestación, el momento de viabilidad establecido arbitrariamente. Este debate se refiere únicamente al aborto inducido. Desde el principio de la historia registrada, las mujeres han optado por abortar. Los primeros judíos y cristianos prohibían el aborto por motivos prácticos y religiosos. Una vida humana se consideraba valiosa, y también existía la consideración práctica de añadir otra persona a la población, es decir, más fuerza bruta para realizar el trabajo físico necesario, defenderse de los enemigos y asegurar la continuidad del pueblo. Este tipo de razones pragmáticas que favorecen o se oponen al aborto tienen poco que ver con el concepto occidental del aborto en general y con lo que ocurre hoy en Estados Unidos en particular. La discusión sobre la ética del aborto debe apoyarse en uno o más de varios fundamentos: si el feto es o no un ser humano; los derechos de la mujer embarazada frente a los del feto, y las circunstancias de horror y penuria que pueden rodear un embarazo. La viabilidad es relativa. Dado que la viabilidad no es una entidad descriptiva específica, los juicios de valor pasan a formar parte de la determinación, tanto de la viabilidad como de las acciones que podrían tomarse en función de esa determinación. El feto no se convierte en un ser humano de pleno derecho en el momento de la viabilidad. Eso sólo ocurre en el momento de la concepción o del nacimiento, según el punto de vista de cada uno sobre la consagración. El feto tiene algunas obligaciones morales debido a su gran potencialidad. A partir de cierto momento, merece protección legal y moral. La mujer tendría derecho a ser eximida de llevar el feto, pero no tendría derecho a la muerte del feto. Existe una importante diferencia moral entre estos dos conceptos, y es esta cuestión la que constituye la base del debate sobre el conflicto entre los derechos de la madre y del feto. Cuando los derechos del feto y los de la mujer embarazada entran en conflicto directo, los derechos del feto siempre se subordinan a los de la mujer. El tercer fundamento ético del debate sobre el aborto, el de las circunstancias de horror y dificultad que rodean al embarazo, es en realidad una combinación de los dos primeros. Un feto que se sabe que padece una enfermedad o una deformidad tiene tantos o tan pocos derechos frente a la mujer embarazada como un feto perfectamente sano. La asignación y jerarquía de los derechos del feto no depende de las circunstancias de la concepción. La siguiente cuestión es si el Estado puede entrar en las esferas sociales privadas para regular las actividades personales de los individuos. El Tribunal Supremo nunca se ha pronunciado sobre la permisibilidad moral del aborto. El Tribunal simplemente ha impedido que los estados individuales interfieran en la acción de una mujer basada en sus convicciones personales. Esta es una diferencia importante, y no debería darse ningún paso para derogar este derecho civil fundamental.