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Asalto agravado en Nueva Jersey – N.J.S.A 2C:12-1(b)

Posted on agosto 10, 2021 by admin

Table of Contents

El asalto agravado es un crimen muy serio en Nueva Jersey. Cualquier persona acusada de cometer un asalto agravado en NJ podría arriesgarse a perder su libertad. Aparte del estigma asociado con una condena, una persona podría enfrentarse a años de prisión y a una multa extremadamente alta. La condena hará bastante difícil mantener un trabajo estable, asistir a la escuela, o encontrar vivienda.

Un cargo de asalto agravado puede provenir de muchos escenarios comunes. Una persona puede haber intentado defenderse a sí misma o a otra persona, o proteger su propiedad. Otras veces puede ser el resultado de que los ánimos se hayan caldeado. Cualquiera que sea la razón, es vital ponerse en contacto con un abogado de defensa criminal de NJ con experiencia que puede ayudar a mantener sus antecedentes penales limpios, mantenerlo fuera de la cárcel, y defender sus derechos legales.

  • ¿Qué es el asalto agravado?
  • Sanciones y multas
  • Asalto simple vs. Asalto agravado
  • El estrangulamiento puede ser asalto agravado
  • Cómo vencer el asalto agravado
  • Análisis de la jurisprudencia
  • Consecuencias para un primer delito
  • Consecuencias para los menores
  • Inscribirse en los programas de desviación de NJ
  • Borrar la agresión con agravantes
  • Preguntas frecuentes
  • ¿A quién debo contactar?

¿Qué es el asalto agravado?

En Nueva Jersey, una persona puede enfrentar cargos por asalto simple o asalto agravado. Como su nombre indica, la agresión con agravantes es más grave. El estatuto de asalto agravado en Nueva Jersey es complejo y puede ser bastante confuso. A continuación se presenta un desglose de lo que cuenta como asalto agravado en Nueva Jersey.

De acuerdo con el código penal N.J.S.A. 2C:12-1(b), hay 11 formas en las que una persona puede ser declarada culpable de asalto agravado:

  • Causar o intentar causar lesiones corporales graves a otro individuo a propósito, a sabiendas, o en circunstancias que manifiesten una indiferencia extrema por el valor de la vida humana
  • Causar o intentar causar -a propósito o a sabiendas- lesiones corporales a otra persona con un arma mortal
  • Causar imprudentemente lesiones corporales a otra persona con un arma mortal
  • A sabiendas (y en circunstancias que manifiesten una indiferencia extrema por el valor de la vida humana) apuntar un arma de fuego hacia o en dirección a otra persona, ya sea que el acusado supiera que está cargada o descargada
  • Cometer una agresión simple contra cualquiera de las siguientes personas durante el ámbito de su empleo:
    • Oficial de la ley
    • Bombero
    • Empleado de Emergencia
    • Miembro de la Junta Escolar, Maestro, Administrador Escolar, Conductor de Autobús Escolar, o Cualquier Otro Empleado de Escuela Pública o Privada
    • Empleado del Departamento de Servicios Sociales
    • Miembro del Poder Judicial (i.e. Jueces y magistrados)
    • Conductor de autobús, conductor de tren, u otro empleado de un servicio ferroviario de pasajeros
    • Empleado del departamento de prisiones u otro empleado de la cárcel
    • Empleado de una empresa de servicios públicos o de cable
    • Trabajador de la salud
    • Trabajador de atención directa en un hospital o centro psiquiátrico Centro
  • Causar lesiones corporales a otra persona al huir o intentar eludir a un agente de la ley o al cometer un delito de robo
  • Causar o intentar causar lesiones corporales importantes a otro individuo o causar a sabiendas (o en circunstancias que manifiesten extrema indiferencia por el valor de la vida humana) o por imprudencia dichas lesiones corporales importantes
  • Causar lesiones corporales provocando a sabiendas o a propósito un incendio o una explosión que provoque lesiones corporales al personal de los servicios de emergencia
  • Apuntar a sabiendas -y en circunstancias que manifiesten extrema indiferencia por el valor de la vida humana- o exhibir un arma de fuego hacia un agente de la ley o en su dirección
  • Apuntar a sabiendas, mostrar o utilizar una imitación de arma de fuego hacia o en dirección a un agente de la ley con el propósito de intimidar, amenazar, hacer temer al agente por lesiones corporales, o para cualquier propósito ilegal
  • Utilizar o activar un sistema o dispositivo de puntería láser (o un sistema o dispositivo que haría que una persona razonable creyera que es un sistema o dispositivo de puntería láser) contra un agente de la ley

Sanciones y multas

Las sanciones y multas por asalto agravado son muy diferentes a las de asalto simple. El asalto agravado en NJ es un delito de segundo, tercer o cuarto grado.

Esencialmente, las circunstancias específicas del caso y la gravedad de las lesiones causadas determinarán de qué grado se le acusa:

  • Asalto agravado de cuarto grado: Hasta 18 meses de prisión y hasta 10.000 dólares de multa
  • Asalto agravado en tercer grado: de 3 a 5 años de prisión y hasta 15.000 dólares de multa
  • Asalto agravado en segundo grado: 5 a 10 años de prisión y hasta 150.000 dólares de multa

La agresión con agravantes es de cuarto grado en cuando alguien:

  • Hiere imprudentemente a una persona a otra con un arma mortal.
  • Apunta un arma de fuego a otra persona.
  • Compite una agresión simple contra un agente u otra persona definida en el subapartado 5 (por ejemplo, un policía o un profesor) pero no causa daños corporales.

Asalto agravado en un delito de tercer grado cuando alguien:

  • Intenta intencionadamente herir a otra persona con un arma mortal.
  • Intenta causar lesiones graves a otra persona de una manera que muestra una indiferencia al valor de la vida humana.
  • Apunta un arma -incluso una imitación de arma- a un agente de la ley.
  • Utiliza un sistema de puntería láser contra un agente de forma que le hace creer que está siendo apuntado por un arma.
  • Inicia un incendio que causa lesiones significativas (pero no graves) al personal de emergencia.
  • Compite una agresión simple contra un agente u otra persona definida en el subapartado 5 y causa lesiones graves.
  • Asfixia intencionadamente a una pareja o a un familiar.

La agresión con agravantes es un delito de segundo grado cuando alguien:

  • Hiere a otro mientras huye de la policía.
  • Inicia un incendio que causa lesiones graves al personal de emergencia.
  • Comete casi cualquier otro acto no definido de otra manera bajo el estatuto que causa lesiones graves a otra persona o demuestra un desprecio por la vida humana.

Asalto simple vs. Asalto agravado

Nueva Jersey tiene dos tipos de cargos básicos de asalto: asalto simple y asalto agravado. Como los nombres implican, el primero es menos grave que el segundo. La cuestión de qué cargo enfrentará una persona dependerá de las circunstancias de la agresión.

En general, la agresión simple implica amenazas o intentos de herir a otra persona o ataques que causan lesiones menores, como moretones o pequeños cortes. La agresión agravada se utiliza más a menudo en casos que implican lesiones graves, o cuando se utiliza un arma. Ciertas circunstancias pueden hacer que un asalto simple se convierta en asalto agravado, como cuando una persona ataca a un oficial de policía o a un maestro.

El estrangulamiento puede ser asalto agravado

Una persona puede ser acusada de asalto agravado de tercer grado cuando intencionalmente estrangula/asfixia a una pareja doméstica u otro miembro de la familia. Para ser condenado, la fiscalía debe probar que cualquiera de los dos sabía o mostraba poca preocupación por la forma en que la acción perjudicaba a la víctima.

Esta es una adición más reciente a la lista de delitos que pueden ser considerados como asalto agravado. Se convirtió en ley en Nueva Jersey en 2017. La nueva ley también eliminó la presunción de no encarcelamiento por un primer delito que algunos casos de asalto conllevan (ver abajo).

Cómo vencer el asalto agravado

Una persona puede protegerse de una condena por asalto agravado si actuó en defensa propia. Esto no siempre es fácil de probar. Con la ayuda de un abogado penalista experto, puede ser posible construir una estrategia de defensa con la mejor oportunidad de evitar una condena.

De acuerdo con N.J.S.A. 2C:3-4:

El uso de la fuerza o la fuerza mortal sobre o hacia un intruso que está ilegalmente en una vivienda es justificable cuando el actor cree razonablemente que la fuerza es inmediatamente necesaria con el fin de protegerse a sí mismo o a otras personas en la vivienda contra el uso de la fuerza ilegal por el intruso en la presente ocasión.

También, una persona se le permite defender a otra persona en situaciones en las que él / ella habría sido justificado para usar la fuerza en defensa propia. Por lo tanto, si la víctima de la agresión estaba entrando en una casa y el acusado estaba actuando en defensa, entonces el cargo de agresión puede ser desestimado.

Esta defensa sólo requiere que el abogado demuestre que hubo una «apariencia razonable» del derecho a usar la fuerza. En otras palabras, no importa si el uso de la fuerza es finalmente injustificado, sólo que parezca razonablemente así en ese momento.

Además, alguien que use la fuerza para defender su propiedad también puede evitar una condena por asalto agravado.

Bajo N.J.S.A. 2C:3-6:

El uso de la fuerza sobre o hacia la persona de otro es justificable cuando el actor está en posesión o control de los locales o tiene licencia o privilegio para estar en ellos y cree razonablemente que dicha fuerza es necesaria para prevenir o poner fin a lo que cree razonablemente que es la comisión o el intento de comisión de una intrusión criminal por dicha otra persona en o sobre dichos locales.

Sin embargo, la defensa de la propiedad sólo puede ser utilizada si el acusado le dijo al intruso o agresor que desistiera de interferir en la propiedad. Además, el acusado no podrá utilizar la fuerza letal para salvar la propiedad por sí solo. Primero debe tener una creencia razonable de que el intruso o agresor va a usar la fuerza letal contra él/ella.

En ciertas circunstancias, una defensa por «error de hecho» también podría ser utilizada. La defensa por error de hecho sólo puede utilizarse si se demuestra que el acusado no tenía intención de hacer daño a alguien. Por ejemplo, supongamos que un hombre acaba de dar una fuerte bofetada en la espalda a su amigo después de que éste haya dicho algo insultante. Resulta que la zona abofeteada era una vieja herida del ejército y ahora, debido a la bofetada, el amigo se derrumbó en el suelo en agonía!

En este caso, el acusado no tenía idea de la lesión. Si lo hubiera sabido, nunca habría abofeteado a su amigo en primer lugar. Este conjunto de hechos podría dar lugar a una defensa por error de hecho que podría ayudar a evitar una condena por asalto.

Recuerde, es crucial contratar a un abogado de defensa criminal de NJ con experiencia que sabe cuándo y cómo plantear este tipo de defensas y cómo proteger los derechos legales de uno.

Análisis de la jurisprudencia

La División de Apelaciones de NJ anuló una condena por Asalto Agravado en el caso State v. Battle, 507 A. 2d 297. En este caso, el acusado fue inicialmente condenado tanto por robo (N.J.S.A. 2C:15-1) como por asalto agravado (2C:12-1(b)) en un caso de robo de cartera. En la apelación, el tribunal determinó que no se había cumplido el requisito de la agresión con agravantes. La víctima, una mujer de unos 60 años, fue arrojada al suelo por el acusado en un intento de quitarle el bolso. Sufrió contusiones y lesiones leves en los tejidos. La defensa argumentó convincentemente que las lesiones no eran lo suficientemente graves como para justificar un cargo de agresión con agravantes. Los fiscales habían alegado que, sin embargo, el acusado había tenido la intención de causar lesiones graves en su acto de obtener el bolso. Esto no pudo probarse. El Tribunal de Apelación admitió que el acusado había actuado con indiferencia ante la posibilidad de causar lesiones graves a la víctima. Sin embargo, no había nada en sus acciones que pudiera llevar a una persona razonable a pensar que su intención era causar lesiones. El juez estuvo de acuerdo. Además, aunque las acciones podrían haber sido calificadas para un cargo de Agresión Simple, el juez insistió en que el acto de Agresión Simple era inherente al cargo de Robo en Segundo Grado, y por lo tanto se fusionó con esa condena.

En State v. Oliha, el acusado fue acusado de Agresión Agravada por haber pateado y pisoteado a la víctima en la cabeza y la parte superior del cuerpo. Apoyándose en el veredicto de Battle, el acusado argumentó que no podía ser culpable de Agresión Agravada porque no hubo lesiones corporales graves. El tribunal declaró que la confianza del acusado era errónea porque Battle era distinguible por los hechos. En Battle, el acusado se limitó a arrebatarle el bolso a la víctima. Al hacerlo, el acusado mostró indiferencia por la seguridad de la víctima, pero sus acciones no reflejaron una intención de causar lesiones corporales graves. Esas acciones, el encuentro brusco con una víctima de edad avanzada, no son equivalentes a patear y pisotear la cabeza y la parte superior del cuerpo de una persona, como ocurrió en este caso. El tribunal concluyó que las acciones del acusado reflejaban una intención de causar lesiones corporales graves en este caso, permitiendo así su condena por Agresión Agravada.

En State v. Edwards, 28 N.J. 292, el acusado agarró a la víctima por el cuello y la arrastró a un terreno. Después de arrojar a la víctima al suelo, el acusado le puso la rodilla en el estómago y la asfixió. La víctima estaba casi inconsciente, pero sólo sufrió contusiones y arañazos, lo que se consideró «superficial» en el sentido médico. El acusado argumentó que las lesiones sufridas por la víctima no eran lo suficientemente graves como para justificar una condena por agresión con agravantes. El Tribunal Supremo razonó que las lesiones infligidas no tenían que ser permanentes para justificar una agresión con agravantes. Por el contrario, las lesiones deben considerarse junto con el carácter de la agresión en cuestión. En este caso, aunque los moratones y arañazos de la víctima eran superficiales, la conducta del acusado se consideró salvajemente brutal y escandalosa. Por lo tanto, teniendo en cuenta la naturaleza de la agresión, las lesiones fueron lo suficientemente graves como para justificar la condena del acusado por Agresión Agravada.

De forma similar a Edwards, el Tribunal Supremo de Nueva Jersey en State v. Crumedy, 76 N.J. 319 concluyó que la naturaleza de una agresión era primordial para decidir si se podía establecer una agresión con agravantes. Cuanto más escandalosa sea la agresión, menos sustanciales deben ser las lesiones para apoyar una condena por el delito. En este caso, el acusado se hizo pasar por médico y pinchó la piel de las víctimas con una aguja. El tribunal razonó que «la pose ficticia del acusado y el efecto potencial sobre la salud de la víctima por la invasión injustificada de su cuerpo por un instrumento médico o de otro tipo demostraron ampliamente una conducta escandalosa e inhumanamente cruel». Aunque no hubo lesiones corporales graves, el acto fue calificado como Agresión Agravada debido a la naturaleza cruel de la conducta del acusado.

Consecuencias para un primer delito

Aunque el asalto agravado puede conducir a un tiempo de cárcel sustancial, los jueces consideran muchos factores antes de dictar una sentencia. Entre ellas está el hecho de que el acusado sea un delincuente por primera vez. Si el primer delito de una persona es una agresión con agravantes, es posible argumentar que debería ser condenada a libertad condicional en lugar de a prisión.

Un abogado podría argumentar que sería mejor que el acusado recibiera asesoramiento para el control de la ira o el abuso de alcohol/drogas, dependiendo de las circunstancias de la supuesta agresión. También se podría señalar que una persona sin antecedentes de violencia simplemente tuvo un lapsus de juicio y que el incidente es un caso atípico para un individuo por lo demás pacífico.

Consecuencias para los menores

Incluso los mejores y más brillantes jóvenes -especialmente los adolescentes- todavía están aprendiendo a manejar sus emociones y acciones. Como tal, un niño que ha cometido un asalto agravado necesita ser defendido contra el castigo indebido que podría exacerbar el problema subyacente, en lugar de rehabilitar al joven. Cuando se trata de una agresión con agravantes, los jóvenes podrían enfrentarse a la posibilidad de ser detenidos, en lugar de ir a la cárcel. Dependiendo de la gravedad del cargo, un joven podría enfrentarse a entre 1 y 3 años en un centro de detención de menores.

Sin embargo, con la ayuda de un abogado, es posible evitar una condena o, al menos, la detención. En su lugar, el abogado puede argumentar que el servicio comunitario, el asesoramiento y tal vez incluso la colocación en un empleo serían más adecuados.

Inscribirse en los programas de desviación de NJ

Nueva Jersey ofrece programas de desviación para ayudar a los acusados de ciertos delitos a evitar la condena y el tiempo de cárcel. El objetivo es centrarse en la rehabilitación del individuo. Los acusados de asalto agravado de tercer o cuarto grado pueden ser potencialmente admitidos en tales programas si cumplen con los criterios de elegibilidad.

Uno de estos programas sería la Intervención previa al juicio (PTI). Para inscribirse, se puede exigir al solicitante que primero se declare culpable de los cargos; si el programa se completa con éxito, se retiran los cargos y se anula la declaración.

Si el programa no se completa, cualquier declaración de culpabilidad se mantiene y la persona es condenada y sentenciada sin juicio. Si el solicitante no está obligado a declararse culpable y aún así no completa el programa, el caso puede ser llevado a juicio.

Un programa PTI típico puede incluir asesoramiento, libertad condicional, servicio comunitario y formación laboral.

El Programa de Desviación para Veteranos es otra opción para los miembros activos o antiguos del ejército de los Estados Unidos y la Guardia Nacional. Estos programas combinan la gestión del caso, servicios de salud mental y otros tratamientos recomendados por el juez.

Es mejor consultar con un abogado antes de considerar un programa de desviación como parte de una estrategia de defensa. La razón es que ser aceptado en la desviación no es una garantía. También es posible que no sea la mejor opción dadas las circunstancias.

Borrar la agresión con agravantes

Una persona que ya ha sido condenada por agresión con agravantes puede no tener que sufrir el estigma de los antecedentes penales para siempre. Nueva Jersey permite a algunas personas eliminar sus antecedentes penales (borrarlos). Para presentar una petición, la persona debe esperar primero 6 años (4 si no hay delitos procesables en el expediente) después de cumplir la sentencia y pagar las multas. Durante ese tiempo, no puede ser condenado por ningún otro delito.

Si bien la agresión con agravantes es un delito elegible para ser borrado, algunos delitos, como el robo o la agresión sexual, darán lugar a un rechazo automático de la petición de borrado.

Consulte nuestra página de expungement NJ para aprender más sobre el proceso y los requisitos y asegúrese de hablar con un abogado antes de intentar presentar una petición de expungement.

Preguntas frecuentes

El estatuto de limitaciones para el asalto agravado en NJ es de 5 años.

Nueva Jersey utiliza el término delito procesable para describir la agresión con agravantes. Una ofensa procesable es similar a un delito grave en la mayoría de los otros estados.

En muchos casos, un abogado puede negociar con los fiscales para reducir un cargo de asalto agravado a asalto simple. Este último es un delito de desorden público en NJ.

En 2017, las leyes de asalto de NJ se actualizaron para enumerar el estrangulamiento de la pareja doméstica de uno como asalto agravado de tercer grado. Una condena puede significar hasta 5 años de prisión.

¿A quién debo contactar?

Si usted o un ser querido fue recientemente acusado de asalto agravado en Nueva Jersey, póngase en contacto con Rosenblum Law hoy. Nuestros hábiles abogados de defensa penal han ayudado a personas en muchas situaciones similares. Podemos defender sus derechos constitucionales y hacer lo posible para que se desestimen los cargos de agresión con agravantes. Envíe un correo electrónico o llámenos hoy mismo al 888-815-3649.

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