Pensión alimenticia temporal: Mientras el divorcio está pendiente, el juez puede ordenar que uno de los cónyuges realice pagos temporales para la manutención del otro cónyuge. Un juez puede ordenar la manutención temporal del cónyuge si decide que es necesaria y justa. Usted puede pedir una manutención temporal presentando una Petición de Órdenes Temporales y fijando una audiencia. La manutención temporal del cónyuge no tiene los mismos requisitos que la pensión alimenticia contractual y la manutención del cónyuge. Lea la ley aquí: Código de Familia de Texas, Sección 6.502
Pensión alimenticia contractual: La pensión alimenticia contractual es el dinero que un cónyuge debe pagar al otro después del divorcio, basado en el acuerdo de los cónyuges. El acuerdo de pago de la pensión alimenticia contractual debe incluirse en la Sentencia Definitiva de Divorcio. El cónyuge que recibe la pensión alimenticia contractual debe, por lo general, declararla como ingreso a efectos fiscales. El cónyuge que paga la pensión alimenticia contractual normalmente puede deducirla de sus ingresos a efectos fiscales.
Mantenimiento del cónyuge: La manutención del cónyuge puede ser ordenada por el juez aunque las partes no estén de acuerdo. La manutención del cónyuge puede ser difícil de conseguir. El juez sólo puede ordenar la manutención del cónyuge si el cónyuge que la pide no tendrá suficientes bienes después del divorcio para satisfacer las necesidades mínimas razonables del cónyuge y:
- El otro cónyuge ha sido condenado o ha recibido una adjudicación diferida por un delito de violencia familiar contra el otro cónyuge o el hijo del otro cónyuge dentro de los dos años de la presentación del divorcio o mientras el divorcio está pendiente. o
- El cónyuge que solicita la pensión alimenticia no puede ganar suficiente dinero para satisfacer sus necesidades mínimas razonables debido a una discapacidad física o mental incapacitante. o
- El matrimonio ha durado al menos 10 años y el cónyuge que solicita la pensión alimenticia carece de bienes o ingresos suficientes para satisfacer sus necesidades razonables. o
- El cónyuge que solicita la pensión alimenticia no puede ganar suficiente dinero para satisfacer sus necesidades mínimas razonables porque es el principal cuidador de un hijo discapacitado del matrimonio. El hijo discapacitado puede ser un adulto.
Lea la ley aquí: Código de Familia de Texas, Capítulo 8.
Al igual que la pensión alimenticia contractual, el cónyuge que recibe la manutención conyugal por lo general debe reclamarla como ingreso a efectos fiscales. El cónyuge que paga la manutención conyugal generalmente puede deducirla de sus ingresos a efectos fiscales.
¡AVISO! Los formularios de divorcio de TexasLawHelp.org no incluyen la manutención temporal del cónyuge, la pensión alimenticia contractual o la manutención del cónyuge. Hable con un abogado si desea una manutención temporal del cónyuge, una pensión alimenticia contractual o una manutención del cónyuge.
Nota para los cónyuges inmigrantes: Si un cónyuge es un inmigrante patrocinado, podría hacer valer la declaración jurada de manutención ejecutada por el otro cónyuge y pedir al juez que ordene al otro cónyuge que proporcione la manutención hasta que el cónyuge inmigrante se convierta en ciudadano estadounidense o hasta que haya obtenido 40 créditos de historial laboral. Hable con un abogado si cree que cumple los requisitos.